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¿A quién debo dirigirme si tengo un problema en mi comunidad de vecinos?
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Problemas en las comunidades de vecinos

A menudo surgen problemas en las comunidades vecinas. En estos casos, lo mejor es seguir los procedimientos establecidos en la legislación vigente.

Según administradores de fincas Madrid consultados, por regla general, las personas deben intentar resolver los problemas extrajudicialmente y, si no se llega a un acuerdo, hay que llevar el asunto a los tribunales. Así que, si surge un problema en una comunidad vecina, ¿dónde hay que pedir consejo?

Sea cual sea el problema, el primer paso consiste en identificar el tipo de problema que se ha producido y determinar la actuación adecuada. Básicamente, hay dos categorías principales: problemas individuales y con la asociación de vecinos.

Problemas en las comunidades de vecinos

  • Problemas con vecinos individuales

Esta categoría se ocupa de los problemas causados por determinados vecinos. Esto puede incluir comportamientos que causen molestias a otros miembros de la comunidad de propietarios.

Un ejemplo típico es la contaminación acústica causada por la música alta. También puede incluir los daños a bienes de terceros causados por obras de reforma en la vivienda.

En ambos casos, se recomienda ponerse en contacto con el presidente de la comunidad para que tome medidas administrativas.

En primer lugar, pueden mediar y resolver el asunto amistosamente. Si no se llega a un acuerdo, el asunto se remitirá al administrador de fincas a través de la junta de vecinos. Esto es importante, ya que se espera que el administrador de fincas tenga conocimientos de mediación y también esté familiarizado con la legislación vigente.

Entonces podrán determinar cómo resolver el asunto por la vía judicial. Si bien es cierto que en la mayoría de los casos se trata de reclamaciones administrativas, es necesario identificar el lugar concreto en el que debe presentarse la reclamación o la acción.

  • Si las decisiones de la junta de vecinos no son satisfactorias

A veces surgen problemas porque no se está satisfecho con las decisiones de la junta de vecinos. En tales casos, no es posible resolver la cuestión por la vía amistosa, por lo que es necesario llevar el asunto a los tribunales para combatirlo.

Los propietarios que no estén satisfechos con la decisión pueden recurrir en un plazo máximo de tres meses. El plazo para recurrir se amplía a un año si el recurso se refiere a una decisión contraria a los estatutos de la comunidad de propietarios.

Debe tenerse en cuenta que todas las personas que acudan a los tribunales deben estar al corriente de todas las obligaciones financieras relacionadas con la comunidad de propietarios.

Por último, el problema puede venir del presidente de la comunidad. Hay que recordar que sus acciones se limitan a las aprobadas por la asamblea comunitaria. Por lo tanto, el presidente no puede tomar decisiones en solitario, especialmente si son perjudiciales para la comunidad.

En tales casos, primero debe decidirse ante qué órgano judicial debe presentarse el caso. Según las circunstancias, puede ser necesario acudir a los tribunales civiles o penales.

Si las decisiones de la junta de vecinos no son satisfactorias.


Disposiciones aplicables a las comunidades de vecinos

Las comunidades de propietarios están reguladas por la legislación vigente, como cualquier otra organización. Según administradores de fincas en Torrejón de Ardoz consultados veremos qué normas se aplican.


Aspectos relevantes

La Propiedad Horizontal es responsable de todas las normas relativas a las asociaciones comunitarias. Regula la división de bienes inmuebles y la relación entre los propietarios privados y los copropietarios de los terrenos y edificios divididos.

Para ello se utilizan los títulos de propiedad, a través de los cuales la propiedad existe legalmente y adquiere su identidad. Para ello, el propietario o constituyente de la propiedad acude a la notaría para firmar la escritura de obra nueva y división horizontal.

De este modo, cada elemento de la propiedad, como la vivienda, el terreno y la plaza de aparcamiento, puede valer por sí mismo. Esta descripción debe expresar la situación exigida por la Ley Hipotecaria y los servicios e instalaciones de que dispone.

El título también establece la cuota de participación adecuada para cada unidad o parcela, que determina el propietario único del edificio al inicio de la venta por lotes, por acuerdo de todos los propietarios existentes o por orden judicial.

La publicación del título de propiedad en el momento del registro, mediante la correspondiente escritura redactada por el propio constructor, será vinculante para todos los compradores del inmueble.

Propiedad Horizontal


Estatutos de la comunidad de propietarios

Este acto es opcional y puede existir o no. El constructor o copropietario lo otorga como poder notarial, pero no hay obligación de ejecutarlo. También pueden añadirse años más tarde. Los estatutos no deben contradecir ninguna disposición legal, como las de la LPH o el artículo 396 del Código Civil.

Sin embargo, su existencia es deseable porque satisfacen el requisito básico: por un lado, autorizan derechos a favor de los copropietarios y, por otro, regulan el ejercicio de los derechos de los copropietarios en la medida en que lo permite la propia ley.

Si se infringen las disposiciones legales, los copropietarios deben asumir las consecuencias, a menos que se impugne ante los tribunales y se declare nulo.

Acuerdos específicos en las juntas de propietarios. Por lo tanto, los copropietarios están obligados a respetar y cumplir las normas anteriores. La comunidad de propietarios puede no tener una constitución y un reglamento interno.

En cualquier caso, si no se dispone de él, se resolverá mediante un convenio específico con periodo de validez indefinido. Esto se hace mediante un sistema de votación y requiere una mayoría de votos, al igual que ocurre con los reglamentos internos.

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